Promulgaron la ley de creación del hospital veterinario público

El Poder Ejecutivo Provincial promulgó la ley de creación del hospital veterinario público y centro de atención móviles, a través de su publicación en el boletín oficial.

La ley dispone que el hospital veterinario público funcionará en el lugar que determine la autoridad de aplicación y brindará asistencia sanitaria gratuita a animales callejeros y a aquellos animales domésticos, cuyos propietarios no puedan hacer frente a los gastos que dicha atención genere de conformidad a lo que disponga la reglamentación de la presente Ley.

Asimismo, el hospital veterinario público contará con la atención especializada del personal profesional que preste servicios en el mismo, en los días hábiles, horarios y bajo las modalidades que establezca la autoridad de aplicación. Para los días inhábiles o feriados provinciales y nacionales, se establecerá un sistema de guardias que permita atender las urgencias.

La dirección del hospital veterinario público podrá conformar un Consejo Asesor Ad Honorem, con representantes de Organizaciones No Gubernamentales o Asociaciones Civiles, legalmente constituidas que tengan por finalidad esencial, la protección de los animales domésticos y callejeros, la promoción y respeto de sus derechos y la concientización sobre la tenencia responsable de los mismos.

Además, el hospital veterinario público realizará vacunación antirrábica, desparasitación, esterilización y atención de patologías de baja, mediana y alta complejidad, contando con asistencia veterinaria general gratuita. Contará con un programa de esterilización quirúrgica, con anestesia, asepsia, curaciones a todo tipo de animales domésticos cuyos propietarios no puedan afrontar los gastos y para todos aquellos animales callejeros que se encuentren en la vía pública como forma de control demográfico.

Por su parte, los Centros de Atención Móviles funcionarán en centros urbanos del interior de la provincia con recorridos rotativos, a fin de llegar paulatina y progresivamente a toda la comunidad.

Será autoridad de aplicación de la presente Ley la Dirección Provincial de Zoonosis, dependiente del ministerio de Salud Pública. El gasto ocasionado para la creación y mantenimiento del hospital veterinario público debe ser asignado por la partida presupuestaria correspondiente al ministerio de Salud Pública de la Provincia, pudiendo la misma gestionar fondos nacionales o internacionales para la creación o mantenimiento.

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