Jubilaciones: Anses extiende la suspensión del trámite de fe de vida para el cobro de septiembre y octubre

En el marco de la cuarentena por coronavirus, la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) prorroga otra vez la suspensión del trámite de supervivencia o fe de vida para el cobro de las jubilaciones y pensiones de septiembre y octubre. Esto quiere decir que los beneficiarios no deben concurrir a los bancos para hacer el trámite hasta el 31 de octubre.

Además, los titulares de estos haberes que residen en el exterior pueden presentar, de forma excepcional, el certificado de supervivencia semestral ante el banco apoderado también hasta el último día octubre.

La Resolución 309/2020 que establece esta nueva extensión del plazo para presentar la fe de vida fue publicada hoy en el Boletín Oficial

El organismo previsional trabaja junto al Ministerio del Interior y al Renaper (Registro Nacional de las Personas) para intercambiar información y resolver el trámite sin que el jubilado y la jubilada deban salir de su domicilio.

Ordenan dar poderes a abogados en forma virtual y que se tramiten retiros por invalidez

El juez Juan Fantini del fuero previsional y subrogante del Juzgado Federal N° 8 le ordenó a la Anses el viernes 28 de agosto que en cinco días hábiles implemente un mecanismo 100% virtual para la tramitación de poderes que habiliten a abogados a hacer gestiones -como la solicitud de una jubilación o pensión- en nombre de terceros.

A fines de junio el magistrado intimó al organismo previsional para que habilite la actuación de los letrados patrocinantes. Desde la Anses, cuyos representantes señalaron que sí está prevista la actuación de los apoderados en la atención virtual, se presentó un planteo de nulidad de ese primer fallo, que fue ahora rechazado. El nuevo fallo especifica que todo el trámite debe ser totalmente virtual.

Desde el inicio del aislamiento obligatorio, el 20 de marzo, quienes necesitan acceder al retiro por invalidez no pueden hacer el trámite para el alta, ni de manera virtual ni de forma presencial. Por eso, el mismo juzgado también intimó a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para que se inicien las tareas tendientes a que el demandante de la causa judicial en cuestión pueda acceder al retiro por invalidez, un beneficio previsto para quienes, teniendo un empleo formal, quedan incapacitados para realizar tareas laborales.

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