Impulsan un proyecto para regular las compras y contrataciones públicas

Entre los fundamentos, el legislador destaca que Catamarca no posee una legislación específica sobre el tema.

En los últimos días ingresó a la Cámara de Diputados de Catamarca un proyecto de ley de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial, cuyo autor es el diputado provincial de la Renovación Plural Peronista (RPP), Luis Saadi.
En los fundamentos, el legislador señala que “busca regular lo relativo al régimen de compras y contrataciones públicas provinciales”, agregando que “Catamarca es una de las pocas provincias argentinas que no poseen una legislación específica sobre las contrataciones públicas”, y que, al contrario, “aún sigue el criterio clásico de regular los procedimientos de contratación dentro de la Ley General de Administración financiera (Ley 4938)”.
“Es evidente entonces, que la ejecución y aplicación de los recursos públicos se apoya casi exclusivamente en normas que no poseen fuerza de ley, sino que se encuentran reguladas por el Poder Ejecutivo dentro de un amplio margen de discrecionalidad”, destaca Saadi.
Asimismo, el diputado sostiene que se observa un “importante atraso normativo” y que esto está generando “variados inconvenientes operativos y de gestión en algunos casos”, además de “falta de transparencia y excesiva discrecionalidad por parte de las unidades sectoriales de contratación de las distintas jurisdicciones”.
Siguiendo con sus fundamentos, Saadi indica que “los procedimientos de licitación pública, licitación privada, el concurso de precios y la contratación directa, se diferencian casi exclusivamente por su régimen de publicidad, de acuerdo a su mayor o menor necesidad de lograr la mayor participación posible de oferentes”, acotando que “más allá de eliminar ciertas modalidades de contratación que ya resultan innecesarias”, el proyecto propone “la instrumentación de nuevos procedimientos de contratación hasta ahora desconocidos por nuestra provincia” y que ya son usados en otras jurisdicciones, como por ejemplo, la Subasta Inversa Electrónica, la Contratación por Convenio Marco o la Contratación Simplificada, la cual englobaría la contratación directa y el concurso de precios.
Para concluir los fundamentos, el legislador de la RPP sostiene que espera que el proyecto sea visto como “un avance en la modernización de los procesos internos del Estado, como un aporte a la tarea de mejorar la eficiencia y la eficacia en la aplicación de los recursos públicos”.

Ordenamiento 
En cuanto el ordenamiento del proyecto de ley, el mismo consta de 98 artículos distribuidos en nueve títulos, entre ellos Disposiciones Generales, Organización del Sistema, Principios Generales para la Utilización de Herramientas Electrónicas, Registro Único de Proveedores y Contratistas, Procedimiento de Selección de Contratistas, La Publicad Oficial, Venta de Bienes, Régimen Sancionatorio y Disposiciones Complementarias.
En cuanto al ámbito de aplicación de la ley de Compras y Contrataciones será la Administración Pública centralizada, descentralizada entidades autárquicas y cualquier otro ente que pudiera depender jerárquicamente de los órganos del Estado.
En otro de los artículos, el proyecto propone que exista un Registro de Proveedores y que el órgano rector organizará y reglamentará este registro, mientras que para el proceso de selección se podrá utilizar la licitación pública; subasta inversa electrónica;, contratación simplificada, y convenio marco para adquisición de bienes y servicios.

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