Espionaje ilegal M: los fundamentos del juez Villena para ordenar las detenciones

El magistrado consideró que los imputados podrían entorpecer la investigación o bien intimidar a víctimas y testigos.

El juez de Lomas de Zamora, Federico Villena, consideró que los 22 imputados a los que ordenó la detención por maniobras de espionaje ilegal, podrían entorpecer la investigación. El magistrado habla de “riesgos”, de posible “intimidación a las víctimas” y remarca “la magnitud de la estructura ilícita reseñada, cuya inserción abarcaría distintos ámbitos del Estado Nacional, Provincial y Local”.

“Atento las múltiples medidas instructorias llevadas a cabo por esta sede a mi cargo, entiendo que el avance investigativo ha logrado la incorporación de nuevos elementos de prueba que permiten sostener que en el caso se ha alcanzado el grado de sospecha respecto de los nombrados, al que alude el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación” (el que establece las sospechas como para indagarlos como imputados).

“En razón de ello, a fin de asegurar la comparecencia de los nombrados a los estrados de este Tribunal, habré de ordenar sus inmediatas detenciones, conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código Procesal Penal de la Nación, en la medida en que en el caso se verifican riesgos que, a tenor de lo normado en los artículos 319 del mismo código y 210, 221 y 222 del nuevo Código Procesal Penal Federal, justifican la medida dispuesta”, dice la resolución.

“Cabe destacar que la magnitud de la estructura ilícita reseñada, cuya inserción abarcaría distintos ámbitos del Estado Nacional, Provincial y Local, permite presumir que quienes habrían participado en los hechos materia de investigación cuentan con los medios y/o vínculos para eludir la aplicación de la ley penal”.

En esa línea, el juez sostuvo que “debe tenerse en consideración que, en virtud de la labor que ejercían los imputados, es dable sostener fundadamente que dada su expertise podrían entorpecer el desarrollo del proceso mediante la alteración de elementos de prueba o utilizar sus influencias para sustraerse de sus obligaciones, como ausentarse de concurrir a la convocatoria a prestar declaración indagatoria”.

El magistrado remarca que “los profusos elementos de prueba que se encuentran siendo analizados por este Tribunal, permiten inferir que los nombrados mantendrían vínculos con personal de distintas fuerzas de seguridad y sujetos aun no individualizados, que podrían facilitar su injerencia para frustrar la pesquisa».

“Es dable sostener que los investigados disponen de recursos que podrían generar un riesgo cierto de intimidación hacia las víctimas o a los testigos, sea por sí, o por terceros. Ello impone al suscripto elevar el umbral de riesgo en el caso, por cuanto la profundización de la pesquisa ha permitido la construcción de un panorama más acabado, el cual impide descartar, por las razones expuestas, que los investigados no intentaran eludir el accionar de la justicia”, argumentó el magistrado.

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